En la actual Plaza de San
Francisco sevillana, original plaza mayor de nuestra ciudad, sobresale por su
belleza el gran edificio del Ayuntamiento especialmente al ser en este lugar
donde se contempla la fastuosa fachada plateresca del arquitecto Diego de
Riaño.
Pero el segundo edificio en
importancia en la plaza por su singularidad e historia, es la Real Audiencia
que hoy acoge una de las sedes de la entidad financiera Cajasol-la Caixa y de
su fundación y colección artística.
El inmueble que hoy conocemos fue construido entre 1595 y 1597, aunque en breve sufrió importantes cambios con el retranqueo de su fachada en 1605 para alinear las viviendas de la plaza.
También en el siglo XIX es
reformada principalmente su portada, que pasa al centro del edificio y parte
del interior como el zaguán actual, derribándose una torre con campanas que
existía a la izquierda del edificio, y también la pequeña cárcel de la
audiencia ( cárcel de Oidores) que junto a la Cárcel Real situada en la cercana
calle Sierpes explicaban el nombre de la actual calle Entrecarceles.
Finalmente en el siglo XX hay
una importante intervención por parte de Aníbal González en 1919 a causa de un
incendio que destruyó gran parte del edificio. Este arquitecto le da el aspecto
que hoy vemos, añadiendo algunos elementos regionalistas y neo renacentistas
propios de su obra. En los años 70 con la adquisición del inmueble por parte de
Caja San Fernando (antecesora directa de Cajasol) se producen pequeños trabajos
de adecentamiento de sus interiores para sus actuales usos.
Dos imágenes del original aspecto de la Real Audiencia antes de la reforma tras el incendio de 1919. |
En el siglo XIV un juez de
Grados (Rui García de Santillán) consigue que se dedique a sus funciones
judiciales una casa de la plaza de San Francisco, la llamada Casa Quadra que
aún no seria propiamente la Audiencia actual pero probablemente si ocuparía el solar del actual edificio.
Hay que tener en cuenta, para
entender esta institución y su creación, que en el Antiguo Régimen no existía
nuestra actual división de poderes que garantiza el principio de independencia
de la justicia, por lo que la administración e impartición de ésta era
normalmente encargada a Alcaldes Mayores, Alcaldes Ordinarios y Jueces de
Grado, que frecuentemente por su gran número cometían injerencias sobre las
competencias de uno y otro, mezclaban sus potestades normativas con las de
administrar justicia y en definitiva actuaban, en palabras de Francisco Morales Padrón, con muy poca equidad.
Placa que aparece en la portada de la Audiencia en referencia a su origen |
Estos alcaldes y jueces
ostentaban estos poderes por atribución expresa del Rey, en caso de Sevilla de Castilla, y por ello era esta máxima autoridad quien debía poner
control sobre éstos. Así, en el siglo XIV y fundamentalmente en el XV los reyes
castellanos crean los tribunales colegiados llamados Audiencias y
posteriormente también Chancillerías. Establecen dos grandes tribunales, uno en
Valladolid para el norte del Reino y otro en Ciudad Real que pasa a Granada en
1505 para la parte meridional de Castilla.
En 1525 se crea la Real
Audiencia de Grados de Sevilla por decreto del Rey Carlos I que tras mediar con
el Ayuntamiento que vería recortadas sus facultades judiciales, establece la estructura
de este órgano sito en nuestra ciudad.
Esta estructura se vería reestructurada
y consolidada entre 1554 y 1556 quedando así:
· Ocho Oidores o Jueces de Grados.
· Tres Alcaldes del Crimen.
· Un Promotor Fiscal.
· Relatores, Escribanos, Porteros, Alguaciles y Receptores.
La jurisdicción de este
órgano se extiende sobre el Reino de Sevilla (aproximadamente cinco leguas
desde la capital y más en dirección al
Aljarafe), y tenía amplio conocimiento en grado de apelación sobre todos los
pleitos que conocieran el Asistente Real, sus Tenientes, los Alcaldes Mayores y
otros jueces de la tierra. Nunca fue un
órgano de primera instancia y para acceder a el se debía proceder al recurso de
apelación sobre la decisión de la instancia jerárquicamente anterior.
Zaguán de la Audiencia reformado en el siglo XIX. |
Las grandes prerrogativas y
capacidades de este órgano causo
innumerables pleitos con otras órganos jurisdiccionales de la ciudad durante
los siglos XVI, XVII y XVIII, siendo importantes sus discordias con la Santa
Inquisición, el Cabildo (actual ayuntamiento) y la Casa de la Contratación.
Este era el problema
principal de la justicia de esta época, ya que cada jurisdicción tenia propias
competencias y los sevillanos acudían a aquella que le conviniera más por sus
intereses. Jurisdicciones militares, eclesiásticas, y de ordenes nobiliarias
hacían que la igualdad y la equidad en la administración de la justicia
estuviesen lejos de llevarse a la practica.
Patio central del Palacio. |
Este órgano de justicia
pierde poco a poco sus funciones y su finalidad en el Siglo XIX y principios del XX cuando
se produce la gran reforma de la justicia y el desmantelamiento de las distintas
jurisdicciones para adecuarla a los principios de unidad, independencia e
imparcialidad que rigen este poder actualmente.
El palacio de la Audiencia deja definitivamente de tener su uso original con el incendio de 1919 que obliga a buscar otras sedes para la administración de justicia en Sevilla.
Como anécdota en este
edificio entre los años 1983 y 1985 se celebraron unos 50 Plenos del Parlamento
Andaluz. Años iniciales de nuestra comunidad autónoma y por tanto lugar donde
se debatieron importantes decisiones sobre la actual configuración legislativa
e institucional de Andalucía.
Fuentes:
- Historia de Sevilla, La ciudad del Quinientos.- Francisco Morales Padrón.
- Historia y Recuerdos de Calles y Plazas de Sevilla.-Jaime Passolas Jáuregui.
- La administración de justicia en el siglo XVI
- Palacio de la Real Audiencia de Sevilla
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